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¿Te estás planteando donar una vivienda hipotecada a un familiar? Tal vez lo veas como una opción benéfica, pero ¿sabes cuáles son las implicaciones fiscales de este acto generoso? En este artículo, te explicamos los detalles, aclarando cada aspecto que necesitas entender.

Donar una vivienda hipotecada

Como a continuación veremos, donar una vivienda hipotecada conlleva una serie de implicaciones fiscales tanto para el donante como para el donatario.

El cálculo de los impuestos a pagar dependerá de varios factores, entre ellos el parentesco entre las partes y el patrimonio preexistente del beneficiario.

El donatario deberá asumir varios impuestos, como el Impuesto sobre Plusvalía Municipal y el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI).

Por su parte, el donante también está sujeto al pago del IRPF.

Si el inmueble donado tiene una hipoteca pendiente, el beneficiario puede asumir el pago de las cuotas, pero puede estar sujeto a la aprobación del banco. En caso de que el banco no apruebe la subrogación, solo se tributa el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, sin deducir la deuda hipotecaria.

Las implicaciones fiscales al donar una vivienda con hipoteca

Uno de los factores principales a considerar al donar una vivienda con hipoteca es el cálculo de los impuestos que debe pagar el beneficiario.

Diversos elementos afectan esta cantidad, incluyendo el parentesco entre el donante y el donatario, así como el patrimonio preexistente del beneficiario.

En la mayoría de las comunidades autónomas, las donaciones entre padres e hijos están bonificadas o pueden beneficiarse de reducciones. Sin embargo, cuanto más lejano sea el parentesco, más impuestos habrá que pagar.

Impuestos específicos asociados a la donación de la vivienda

Además del pago de impuestos en función del parentesco y patrimonio, al donar una vivienda con carga hipotecaria, el donatario debe abonar el Impuesto sobre Plusvalía Municipal. Este impuesto se aplica a menos que se demuestre que el valor del terreno sobre el que está la vivienda es inferior al que tenía cuando lo compró el donante.

Otro tributo que debe abonar el donatario es el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) en su condición de propietario. No podemos olvidarnos que, aunque el donante haya decidido donar una vivienda con carga hipotecaria, no se exime del pago de impuestos. Tendrá que abonar el IRPF, incluso aunque no haya vendido el piso.

Implicaciones de donar una vivienda con una hipoteca pendiente

Al donar una vivienda con hipoteca pendiente, el beneficiario normalmente asume el pago de las cuotas pendientes, quedando obligado frente al banco.

La Ley del Impuesto de Sucesiones y Donaciones permite deducir las deudas que tenga el inmueble donado. Sin embargo, esto requiere que el adquirente asuma explícitamente la obligación de pagar la deuda garantizada.

Adicionalmente, se debe considerar el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), que se genera por la asunción de la deuda hipotecaria. La cantidad a tributar se calculará en base al valor de la deuda hipotecaria que se ha asumido. Es importante destacar que este impuesto es regulado a nivel autonómico, por lo tanto, las condiciones específicas pueden variar en función de la normativa de cada Comunidad Autónoma.

Por último, toda esta operación debe ser autorizada por el banco. En caso de que el banco no consienta en la subrogación, la operación solo tributaría en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, sin poder deducir la deuda hipotecaria pendiente.

¡Por cierto!

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Como ves, la decisión de donar una vivienda hipotecada implica más que solo un acto generoso. Requiere considerar varios factores fiscales y legales. Si te sientes abrumado por todo esto, no estás solo. En nuestra asesoría fiscal en Valencia, estamos preparados para ayudarte en cada paso de este proceso.