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Es habitual que las personas no familiarizadas con el Derecho penal, se confundan pensando que cualquier escrito que presenta el abogado defensor, es un escrito de defensa. Sin embargo, este término hace referencia a un escrito concreto, que solo se presenta una vez a lo largo de todo el procedimiento penal, en un momento y con una estructura determinados por la ley.

Para entender lo que es un escrito de defensa, primero debemos conocer cuándo se tiene que presentar. A grandes rasgos, el proceso penal suele dividirse en tres fases: instrucción, intermedia y juicio. El escrito de acusación y el escrito de defensa se encuadran en la fase intermedia.

Cuando ya se ha terminado la investigación del caso (la fase de instrucción), las partes tienen que exponer qué conclusiones sacan sobre el resultado de esa investigación; por eso, el escrito de defensa también se llama escrito de conclusiones provisionales. Son provisionales, porque es posible que, a raíz de lo que pase más adelante en el juicio, esas conclusiones tengan que ser modificadas.

Primero, la acusación realizará su escrito de conclusiones (escrito de acusación), y después, la defensa le contestará con el suyo (escrito de defensa).

El artículo 650 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal enumera qué datos deben contener estos escritos de calificación provisional y en qué orden:

  • En el primer apartado, la acusación narrará los hechos que considera delictivos; contará qué sucedió desde su perspectiva. La defensa se opondrá a ese relato de hechos, si bien existen distintas estrategias, y el abogado defensor debe tener suficiente experiencia para saber cuál conviene más a su cliente. Por ejemplo, es posible que en un caso el abogado defensor opte por no “desvelar sus cartas” hasta el juicio, oponiéndose al relato de la acusación sin explicar el por qué.
  • En el segundo apartado, la acusación indicará que delitos corresponden a los hechos que ha narrado, es decir, calificará los hechos. Por ejemplo, diría: los hechos relatados son constitutivos de un delito de estafa, especificando de qué artículo concreto del Código Penal. La defensa se opondrá, señalando que los hechos realmente sucedidos no son delictivos.
  • En el tercer apartado, la acusación indicará la forma de participación en la que se cometió ese delito: por ejemplo, como autor, como cómplice, como cooperador necesario, como inductor… La defensa, por su parte, negará haber participado en un delito.
  • En el cuarto apartado, se refleja si hubo alguna circunstancia que modifique la responsabilidad criminal, ya sean agravantes o atenuantes. La acusación obviamente buscará agravantes, y la defensa atenuantes que se aplicarían de manera subsidiaria a la absolución.
  • En el apartado quinto, la acusación pedirá que se imponga una pena concreta. Por ejemplo, si se trata de una estafa agravada, para la cual el Código establece un rango de pena de 1 a 6 años de prisión, la acusación concretará qué pide, atendiendo a las circunstancias. Por ejemplo, dirá que se debe imponer la pena de 3 años de prisión. La defensa se opondrá a esa petición.
  • En último lugar, la acusación cuantificará qué daños y perjuicios le ha causado este delito, solicitando una cifra concreta como indemnización, a lo que se opondrá la defensa.

Así terminaría la primera parte del escrito de defensa, que es la exposición de esas conclusiones provisionales sobre el caso.

Sin embargo, el escrito de defensa debe incluir una segunda parte, habitualmente aún más importante que la anterior: la solicitud de prueba para el juicio.

Al final del escrito, se debe añadir un listado de las pruebas que el acusado quiere utilizar en su defensa en el acto del juicio; por ejemplo, qué testigos quiere que declaren, o qué documentos va a utilizar. Es importante que el abogado tenga la suficiente experiencia para anticiparse al juicio y tomar decisiones previsoras, que sin duda pueden determinar el resultado del mismo. Llamar al testigo equivocado puede suponer la diferencia entre una condena y una absolución. Por eso, el escrito de defensa es uno de los más importantes de todo proceso penal, y siempre debe hacerlo un profesional experto, para garantizar el mejor resultado para su cliente.

Fuente: Chabaneix Abogados Penalistas

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