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Esta calificación mejora la prestación de los trabajadores contagiados por el virus o en aislamiento preventivo.

El Consejo de Ministros ha anunciado que va a aprobar un real decreto-ley que incluirá medidas para mejorar la protección de las personas trabajadoras afectadas por el COVID-19.

En concreto, se considerará que, tanto las personas en aislamiento preventivo, como quienes se han contagiado del virus, se encuentran en incapacidad temporal asimilada a accidente de trabajo, lo que supone que percibirán la prestación desde el día siguiente al de la baja laboral por importe del 75% de la base reguladora, con cargo a la Seguridad Social.

Con ello se da un paso más allá del Criterio 2/2020, de 26 de febrero de 2020, que lo consideraba como situación de incapacidad temporal derivada de enfermedad común y del Criterio 3/2020, de 9 de marzo de 2020, que apreciaba accidente de trabajo solo en los casos en que la enfermedad se hubiera contraído debido a la actividad laboral.