El próximo 18 de octubre está convocada por el sindicato Intersindical-CSC y por la Intersindical Alternativa de Catalunya (IAC) una huelga general en favor de derogar la reforma laboral, incremento del salario mínimo a 1.200 euros/mes, la recuperación de las leyes sociales vetadas por el Tribunal Constitucional, la plena igualdad de trato y oportunidades en los centros de trabajo y un servicio público de calidad y condiciones laborales dignas.
Hay que tener en cuenta que la convocatoria de huelga general no ha sido suscrita por otras asociaciones sindicales que disponen de más amplia representatividad en el tejido laboral catalán, por lo tanto, hay que prever un desarrollo o incidencia menor, aunque afectará a todos los trabajadores.
Como bien saben, las consecuencias laborales y de Seguridad Social que comporta la secundación de esta huelga son:
SERVICIOS MÍNIMOS
El Departament de Treball, Afers Socials y Famílies de la Generalitat de Catalunya ha dictaminado servicios mínimos para el día de la huelga general. Se prevé que afectará fundamentalmente al transporte, sanidad y centros de enseñanza por lo que la huelga podrá tener repercusión sobre todos los trabajadores, dado que se han previsto servicios mínimos para el transporte de viajeros urbano e interurbano y autopistas. Del mismo modo también se han determinado servicios mínimos de asistencia sanitaria tanto en centros públicos como privados.
Tal y como lo decreta la orden publicada en la web oficial del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, el día de la huelga se deberá proceder a realizar los servicios de manera habitual del personal de cocina, transporte y vigilancia de los centros educativos infantiles/juveniles, así como un servicio habitual en régimen de día festivo para las residencias de personas con disminución.
Dicha previsión para este sector de actividad deriva del derecho fundamental a la conciliación de la vida personal y laboral al dejar a sus hijos bajo la tutela de los jardines de infancia y las escuelas, así como de la restauración, tanto si el servicio se presta directamente por personal del centro como si se subcontrata en empresas externas, en todas aquellas instituciones o residencias que garantizan servicios esenciales para la ciudadanía por el hecho de acoger menores, personas con disminución, personas mayores, enfermos o reclusos.
En cuánto a los demás servicios mínimos previstos, les adjuntamos la ORDEN TSF/ /2019, por la que se garantizan los servicios esenciales que se tienen que prestar en la Comunidad Autónoma de Cataluña durante la convocatoria de huelga general convocada para el día 18 de octubre de 2019, para su consulta.
DURACIÓN DE LA HUELGA
Está previsto que la huelga se realice durante las 0.00 a 24.00 horas del día 18 de octubre, y afecta a todos los trabajadores y trabajadoras de los centros de trabajo en Cataluña, salvo aquellos afectados por los servicios mínimos.
SERVICIOS MÍNIMOS:https://tauler.seu.cat/pagDetall.do?idEdicte=224929&idens=1