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El 14 de junio de 2017 la Comisión Europea ha incoado tres expedientes sancionadores contra Nike, Sanrio y Universal Studios por haber incurrido en posibles prácticas contrarias al derecho de la competencia en relación con la cesión de licencias y la distribución de productos de merchandising (ver nota de prensa de la Comisión Europea). Las empresas investigadas son licenciantes de los derechos para comercializar los productos de merchandising del Fútbol Club Barcelona (Nike), Hello Kitty (Sanrio), y Minions y Despicable Me (Universal Studios).

Los productos de merchandising incluyen, entre otros, ropa, zapatos, accesorios para teléfonos, mochilas y juguetes en los que el fabricante ha impreso una imagen o un texto protegido por derechos de propiedad intelectual. Para ello, es necesario que el fabricante haya firmado un acuerdo de licencia con el propietario de los derechos.

La Comisión Europea investiga si estas tres empresas, en su calidad de licenciantes de los derechos para productos de merchandising, han vulnerado el derecho de la competencia al restringir a sus licenciatarios la posibilidad de vender los productos fuera del territorio acordado o a través de internet.

Estas investigaciones se enmarcan en la estrategia de la Comisión Europea para combatir las restricciones de la competencia en el comercio online y complementan las conclusiones alcanzadas en su Informe Final sobre el comercio online (ver entrada de 19 de mayo de 2017).

El interés de la Comisión Europea en perseguir prácticas de estas características se ha puesto claramente de manifiesto en los últimos meses. Así, en febrero de 2017, la Comisión Europea abrió investigaciones por prácticas presuntamente restrictivas del comercio electrónico en los ámbitos de la electrónica de consumo (Asus, Denon & Marantz, Philips y Pioneer), videojuegos (Valve Corporation, Bandai Namco, Capcom, Focus Home, Koch Media y ZeniMax) y agencias de viaje y hoteles (Kuoni, REWE, Thomas Cook, TUI y Meliá Hotels). Más recientemente, el pasado 6 de junio, la Comisión incoó un procedimiento sancionador a Guess por restringir presuntamente el comercio transfronterizo en la Unión Europea (asunto 40428 Guess).

Si al finalizar estas investigaciones la Comisión Europea acredita la concurrencia de estas conductas, puede sancionar a las empresas responsables con multas de hasta el 10% de su volumen de negocios.