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Cuidar del propio hogar es un trabajo a tiempo completo para muchas personas. Ser “ama” o “amo de casa”, dudosa expresión con la que tradicionalmente se ha denominado a quienes realizan esta labor, tiene claras desventajas respecto al resto de actividades laborales.

Por ejemplo, ¿Qué ocurre si estas personas quieren acceder a la Jubilación? ¿Las mal llamadas 'amas de casa' tienen derecho a una pensión de jubilación? Hoy te lo aclaramos todo en nuestro blog.

En este caso, está claro que ‘trabajo’ no es sinónimo de ‘empleo’, al no ser una tarea remunerada ni que cotice año tras año a la Seguridad Social. Incluso aunque estas mujeres y hombres dediquen, por lo general, más de 40 horas semanales a su cometido.

Veamos pues en qué situación se encuentran actualmente estas personas en nuestro país, desde el punto de vista de su jubilación, según la ley vigente.

Jubilación para los mal llamados 'amas' o 'amos' de casa

Como tal, la pensión de jubilación que devenga tras haber alcanzado una cierta edad y una determinada carrera de cotización, no se aplica a quienes han invertido su tiempo en cuidar de su casa y su familia. Por tanto, el Estado no reconoce los tipos de jubilación estándar a las personas en esta situación.

Sin embargo, sí tienen derecho a una pensión no contributiva una vez cumplida la edad ordinaria de jubilación vigente. Este tipo de ingresos están destinados a trabajadores que no han cotizado nunca. Pero también a los que no han llegado a acumular los 15 años mínimos de cotización que son requisito indispensable para la jubilación contributiva.

Por ejemplo, esas personas que han dedicado una buena parte de su vida a las tareas domésticas pero también han trabajado en algún periodo o periodos.

Requisitos pensión no contributiva

Habernos ocupado de las tareas del hogar como rutina diaria no es suficiente para poder tener este tipo de ingreso. Existen una serie de requisitos que debemos cumplir para solicitarla, tal como puedes ver a continuación:

  • Tener 65 años en el momento de la solicitud.
  • Residir legalmente en España, acreditando un mínimo de 10 años de residencia entre los 16 años y el momento actual. Y que, al menos, dos de ellos sean los inmediatamente anteriores a la fecha en que se solicita la pensión.
  • No percibir ingresos que excedan los 5.488 € al año. Y si carece de rentas, se tomarán en cuenta las del resto de miembros su unidad familiar o económica, sumando todas ellas. Según el número de personas que conviven con el interesado, los límites de ingresos familiares totales para que el cuidador del hogar pueda acceder a una pensión de jubilación no contributiva son:
Para quienes viven con su cónyuge o familiares de segundo grado

Y si se convive con hijos y/o padres (parentesco de primer grado)

¿Cuánto cobraré de jubilación si cumplo los requisitos?

La pensión no contributiva que hemos explicado en el punto anterior, y que en este caso aplicamos a los que trabajan en el cuidado de su vivienda y su unidad familiar, es de 5.488,00 € anuales (14 pagas de 392 euros). En consecuencia, podemos afirmar que con la función de “ama” o “amo del hogar”, sí se tiene derecho a una pensión por jubilación al llegar a los 65 años.

Aunque se trata, en todo caso, de una cantidad baja, es una prestación para toda la vida.

Excepción y pensión mínima

Pero la ley no se queda ahí, porque no permite que se cobre esta pensión de jubilación íntegra si por cualquier tipo de rentas percibimos, al año, más de 1.920,80 € (es decir, más del 35% de la cifra de pensión no contributiva). En estos casos concretos, la pensión de jubilación se reducirá conforme a ese excedente - y se nos restará lo que sobrepase de 1.920,80 € de la pensión no contributiva -.

Por ejemplo, si por alquilar una propiedad percibimos 3.000 € al año, restaremos a ese número 1.920,80. El resultado (1.079,20) será lo que tenemos que restar ahora a 5.488 para saber qué ingresos anuales tendremos al jubilarnos. En este supuesto ficticio, serían 4.408,80 €.

No obstante, el resultado de esa reducción nunca puede ser menor al 25% de la pensión no contributiva: 1.372,00 €. Esa es, por tanto, la pensión mínima anual de jubilación para las personas que se han dedicado a las labores domésticas sin cotizar.


En este artículo puedes ver las pensiones mínimas de la Jubilación contributiva

De modo que si hacemos el cálculo anterior llegáramos, por ejemplo, a un resultado de 1.000 €, automáticamente podríamos contar con 1.372 €, en 14 pagas de 98 €. Un recurso mínimo en definitiva.

¿Se puede cotizar por las tareas domésticas del propio hogar?

Existe, sin embargo, una opción para poder ser beneficiario de una pensión contributiva: cotizar individualmente a la Seguridad Social. Por ley, una persona que lleva el cuidado de su hogar no cotiza al no estar inscrito en ningún régimen del INSS. Pero eso no significa que no se pueda hacer si cumplimos una serie de condiciones que explicaremos en es siguiente punto:

Condiciones para acceder a un convenio especial

En otras palabras, y si nos lo podemos permitir, mensualmente podemos pagar voluntariamente a la Seguridad Social un determinado importe como cotización. Para después, en el futuro, que nos compute de cara a una pensión de jubilación ordinaria (ten en cuenta que su única utilidad es esa).

Para este fin, hemos de suscribirnos a un convenio especial que hay que solicitar en la Seguridad Social.

Tras ello, debemos elegir una base de cotización: la mínima es de 1.050 € al mes, y la máxima de 4.070,10 €. Pero según tu caso concreto, el INSS te dirá lo mínimo y lo máximo que puedes cotizar. En cualquier caso, pagarías un porcentaje de ello cada mes a la Seguridad Social, que conllevará un abono más o menos elevado según sea la base de cotización escogida.

Para llevar a cabo esta solicitud, hay que cumplimentar el modelo TA-0040. Si quieres conseguir este documento, haz clic aquí.

Condiciones para acceder a un convenio especial

Las personas que han trabajado durante toda su vida en las tareas de su hogar no podrán suscribirse a este convenio para cotizar. Porque, para solicitarlo, es imprescindible haber cotizado al menos 1.080 días (3 años) dentro de los 12 años inmediatamente anteriores al momento de suscribirse al convenio.

Pero si ese sí es tu caso, tendrías la puerta abierta para cotizar por tu cuenta.

Conclusión

Si estás dedicado por completo a las tareas de tu hogar, recuerda que en un futuro podrás tener una pensión jubilación mediante la pensión no contributiva. Una pequeña jubilación pero, sin embargo, asegurada y vitalicia.

Si te preguntabas si se puede cotizar por esta labor doméstica, ya sabes que no es posible. A no ser que hayas cotizado de forma voluntaria a la Seguridad Social, para lograr en el futuro una pensión más elevada.