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Interesante choque entre Derecho de Marcas y Propiedad Intelectual, sobre las esculturas del noruego Gustav Vigeland.

Las obras de arte, por ejemplo las esculturas, están protegidas como Propiedad Intelectual del autor, en este caso el escultor. Los derechos de Propiedad Intelectual no son eternos: duran la vida del autor y unos años más, dependiendo del país. A partir de entonces, pasan a ser “Dominio Público”.

Gustav Vigeland (1869 a 1943) es el escultor más famoso de Noruega. En la capital, Oslo, se encuentra el conocido Parque Vigeland, con muchas de las esculturas que el artista legó a la ciudad. El Ayuntamiento solicitó el registro, como marca, de algunas de esas esculturas.

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La Oficina Noruega de Propiedad Industrial (NIPO), pidió la opinión del Tribunal de Justicia de la EFTA (Unión Europea, Noruega y Suiza), sobre si podía registrarlas, de acuerdo con la Directiva sobre Marcas de la Unión Europea: los países de la EFTA no forman parte de la Unión Europea, pero están sujetos al Derecho de la Unión.

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Finalmente, la Oficina Noruega ha denegado las marcas. Ha considerado que las esculturas de Vigeland habían entrado en el Dominio Público, al haber muerto en 1943. “No eran de nadie”… Por tanto, el Ayuntamiento no se las podía apropiar, registrándolas como marcas.

Santiago Nadal

Este artículo fue publicado originalmente en el Blog de Patentes y Marcas http://www.patentes-y-marcas.com/blog/las-estructuras-de-vigeland-no-pueden-ser-registradas-como-marcas.html