Tras un acuerdo entre el actual Gobierno y los Agentes Sociales se ha publicado el Real Decreto 30/2020, de 29 de septiembre que amplía hasta el 31 de enero de 2021 la extensión de los beneficios de los ERTE.
Estos son los puntos clave que se desprenden del mismo escrito:
- Se prorrogan automáticamente todos los ERTE de fuerza mayor vigentes.
- Será posible solicitar nuevos ERTE de fuerza mayor tanto por impedimento como por limitación de actividades en todos los sectores, altamente exonerados en cuotas.
- Se establecen exoneraciones en la cotización para empresas pertenecientes a sectores con una elevada tasa de cobertura por expedientes de regulación temporal de empleo y una reducida tasa de recuperación de actividad y su cadena de valor, con ERTE prorrogado, sin necesidad de solicitar uno nuevo.
- Los trabajadores fijos discontinuos podrán percibir una prestación extraordinaria.
- No se reducirá el porcentaje de base reguladora para calcular las prestaciones por ERTE cuando se hayan percibido 6 meses de prestación, se seguirá cobrando el 70% de la prestación.
- Se mantiene el “contador a cero” y el acceso a prestaciones de desempleo sin carencia previa.
- Se establece una nueva salvaguarda de empleo de 6 meses.
Si tienes dudas sobre tu ERTE o bien necesitas asesoramiento, no dudes en ponerte en contacto con nuestros especialistas del departamento laboral.
Borja Tusell
Equipo Jurídico Antonio Segura Abogados
Fuente: Antonio Segura Abogados & Gestores
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