El día 12 de junio de 2018 se publicó en el BOE la Ley 5/2018, de 11 de junio, de modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en relación a la ocupación ilegal de viviendas.
Con el fin de dar respuesta a la ocupación ilegal de viviendas, se ha procedido a la modificación del juicio verbal del interdicto de recobrar la posesión, agilizando los trámites judiciales, si los legítimos poseedores han sido privados de ella sin su consentimiento; el ámbito subjetivo al respecto se limita a la persona física propietaria o poseedora legítima, a las entidades sin ánimo de lucro y a las entidades públicas propietarias o poseedoras de viviendas sociales.
Con este fin se han modificado los artículos 150, 250, 437, 441, 444 y se ha añadido una disposición adicional. Estas son las novedades que más destacan:
Entendemos que estas medidas de agilización deben de ir acompañadas y completadas de otras medidas que sirvan para paliar la necesidad de vivienda en sectores de la sociedad más desprotegida y necesitada, en situación de vulnerabilidad económica y de exclusión residencial y evitar las tramas organizadas que se aprovechan de esta situación.
Como siempre, si tiene alguna duda o consulta al respecto, en nuestro despacho le podemos atender y analizar la solución legal que más le convenga. Utilice el área de contacto para consultar con nuestro equipo.
David Roca – Abogado.
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