Obligada la Administración convocante a corregir el examen de una opositora que olvidó entregar la hoja de identificación
En el Informe del tribunal de selección se comprueba que el ejercicio disponía de una hoja donde se recogían los datos de identificación del opositor y otra hoja de respuestas con el contenido del ejercicio, pudiendo ser vinculadas por el código de barras.
El TSJ comprende que inicialmente el examen no se corrigiera, pero una vez que la opositora recurre y queda acreditado que solo un examen, de los más de cuatro mil aspirantes, quedó sin corregir, y comprobado que la opositora estaba en el aula en donde faltaba dicha hoja, solamente puede existir una conclusión y es que ese examen sin corregir es el de esta aspirante, por lo que tiene que ser corregido.
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