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No he hablado en pocas ocasiones de la necesidad de asesorarse en cualquier operación legal o económica que se emprenda; sin ir más allá, en julio del año pasado escribí sobre el mismo tema, pero es que no son pocos los asuntos que llegan cuando ya se han tomado decisiones de difícil marcha atrás.

En otras ocasiones, el cliente pretende que le eches ‘una ojeada rápida’ a un contrato que ha preparado él mismo, ‘por si hay alguna cosilla a mejorar’. Salvo escasísimas excepciones, el modelo que ha hecho servir el cliente se adapta mal a una óptima defensa de sus intereses, y la subrepticia intención de dicho comportamiento, y que no es otra que la de intentar reducir honorarios, no sabe que resulta mucho más dificultoso y costoso rehacer el texto presentado por el cliente que empezar de cero con un modelo base escogido por su abogado.

Escatimar la intervención de abogado es un mal negocio. No quiero decir que éste siempre sea imprescindible. Hay muchas ocasiones en que el asunto funciona sin él; no lo niego y es lógico que así sea, pues lo contrario sería negar que la gente, por lo general, sabe lo que hace y se enfrenta a personas de buena fe.

Pero a veces, incluso sin mala intención, por desconocimiento o por mal entendimiento, las cosas no salen como se imaginaban o, pudiendo salir mal, no se han tomado las precauciones necesarias o los mecanismos correctores de la desviación.

En el plano empresarial es aún más llamativo no tener un abogado que controle las decisiones que se toman, los documentos que se extienden, los contratos que se firman, las precauciones que se adoptan para el cumplimiento del necesario buen gobierno corporativo.

Pues a pesar de ello, hay empresas que carecen de dicho supervisor esencial. Y no solo por lo que respecta a tener un abogado como secretario del Consejo, de lo que ya hablamos en noviembre de 2018, pues aquellas sociedades que carecen de Consejo de Administración también han de dotarse de una supervisión: cada vez será más complejo cumplir con los estándares exigidos de transparencia, prevención de delitos, e implantación de normas de buen gobierno.

Esa supervisión ex ante es la que facilita la minimización de riesgos legales y maximización de derechos y de salidas negociadas a los conflictos existentes. Y resulta asombroso comprobar las ocasiones en que los abogados hemos de salir al rescate donde el cliente no hubiera debido meterse en las condiciones y el modo en que lo hizo.

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Juan Núñez – Abogado