A causa de la irrupción de la pandemia y los nefastos efectos económicos que comportó, en marzo de 2020 el Gobierno aprobó medidas de ayuda para facilitar el acceso a la financiación y dotar a las empresas y autónomos de liquidez con que hacer frente a sus obligaciones.
Entre estas medidas se incluyó la llamada línea ICO de avales-COVID’19, consistente en que el Estado pasaría a garantizar hasta un 80 % del principal de los préstamos que los Bancos concediesen a pymes y autónomos.
Como siempre los Bancos, jugando con la apremiante necesidad de las empresas y con un contexto de confinamiento que poco ayudaba a recibir información y asesoramiento por su parte, informaron que el aval personal de los socios y/o administradores de las empresas prestatarias, que exigían para la conclusión de la operación, se limitaba al 20 % de la deuda, pues la parte restante quedaba cubierta por el Estado, hasta el punto de condicionar la entrada en vigor y eficacia de los respectivos contratos de préstamo a la efectiva concesión del aval por parte del ICO.
En los últimos meses, con el vencimiento de los préstamos, muchos de ellos concertados por un período de 3 años o tras haberse ampliado el plazo inicial, los Bancos están reclamando el reembolso íntegro de los préstamos no sólo a los deudores, sino también a los avalistas.
Si usted cree encontrarse en este caso, no dude en contactar con nosotros. Examinaremos el contrato de préstamo, así como el resto de la documentación relacionada, y le asesoraremos sobre cómo proceder para anular el aval o, en el peor de los casos, que su alcance quede limitado al 20 % del importe adeudado.
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