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Si se cancela un vuelo las aerolíneas tienen la obligación de ofrecer el reembolso del billete o un transporte alternativo para llegar al destino.

Si el vuelo sufre un retraso superior a cinco horas, la compañía aérea tiene la obligación de ofrecer al usuario la posibilidad del reembolso íntegro del billete en un plazo de siete días y, si procede, un vuelo de regreso al origen si el viaje ya no se puede realizar.

Debe compensarse económicamente el retraso del vuelo de dos a cuatro horas, que variará en función de algunas consideraciones: 250 euros si se produce en distancia de hasta 1.500 kilómetros; 400 euros en distancias superiores dentro de la UE; y 600 euros si es entre un aeropuerto de la UE y otro fuera de la UE con distancias de más de 3.500 kilómetros, manteniéndose en distancias inferiores la misma compensación económica que dentro de la UE.

Si has sufrido algún incidente en un vuelo, puedes contactar con uno de nuestros ABOGADOS.

Equipo Jurídico Antonio Segura Abogados

Fuente: Antonio Segura Abogados & Gestores

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