Los límites máximos de ventas y compras que permiten acogerse al régimen de módulos han sido prorrogados un año más. En concreto, los límites para 2024 y 2025 quedan en los siguientes términos:
Concepto (1) |
Año 2024 |
Año 2025 |
Ventas totales |
250.000 |
150.000 (2) |
Ventas a empresarios |
125.000 |
75.000 |
Compras (no inmovilizados) |
250.000 |
150.000 |
|
También se ha aprobado una reducción general aplicable a estos rendimientos del 5%.
Aunque su actividad cumpla los requisitos para seguir en módulos, si prevé una reducción de ingresos a partir de 2024, es posible que le salga a cuenta renunciar a ellos. Si desea renunciar, puede presentar una declaración censal hasta el próximo 31 de enero de 2024 o bien ejercitar una renuncia tácita presentando la primera declaración trimestral de IVA de 2024 según el régimen general y el primer pago fraccionado de IRPF de 2024 según el régimen de estimación directa.
Nuestros profesionales analizarán si le conviene continuar en módulos o si, en su caso concreto, es mejor renunciar a ellos.
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