La Comisión Europea ha hecho pública el 6 de junio la decisión por la que acordó, en diciembre del año pasado, abrir la segunda fase de análisis de la supuesta ayuda de Estado fiscal a McDonald’s.
La Comisión reprocha a las autoridades luxemburguesas haber aceptado una interpretación del Convenio de Doble Imposición entre ese país y Estados Unidos contraria a la letra del propio convenio y a su objetivo (evitar la doble imposición), así como a la normativa luxemburguesa de transposición.
Esta interpretación errónea habría llevado a que los ingresos obtenidos por una filial norteamericana de McDonald’s, gestora de los derechos de propiedad industrial del grupo en Europa, quedaran exentos de tributación en las dos jurisdicciones (aproximadamente 200 millones de euros). La Comisión considera que la interpretación dada por la administración tributaria luxemburguesa concedió una ventaja selectiva a McDonald’s Europe en comparación con otras compañías, residentes fiscales en ese país, que se encontraban en una situación jurídica y fáctica comparable.
La Comisión concedía a Luxemburgo el plazo de un mes para presentar sus observaciones y anunciaba que la carta sería publicada en el Diario Oficial para información de terceros, que podrán presentar sus observaciones por escrito, como es habitual en estos casos.
Este asunto se une a muchos otros en el ámbito de las ayudas de Estado fiscales:
Es, sin duda, el tema de actualidad, y no solo por lo que implica de conflicto normativo entre las normas de ayudas de Estado y la soberanía de los Estados miembros en materia de imposición directa. Además, las autoridades estadounidenses han reprochado repetidamente a la Comisión Europea estar cambiando las reglas del juego en este ámbito, especialmente por lo que se refiere a las multinacionales de origen norteamericano.
Los asuntos decididos por la Comisión están ya en los tribunales europeos, que tendrán la última palabra. Mientras tanto y salvo que se adopten medidas cautelares (improbables en estos casos), las órdenes de recuperación son ejecutivas.
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