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El Juzgado de lo Social nº 29 de Barcelona reconoce invalidez absoluta por depresión mayor grave.

El trabajador era pintor. Éste padece depresión mayor grave que le inhabilita para el desarrollo de cualquier trabajo.
En un primer momento le fue negada la incapacidad en la vía administrativa por lo que tuvimos que recurrir a la vía judicial para obtener el reconocimiento de la incapacidad absoluta por depresión.

El problema
Solicitamos la incapacidad permanente y le vino denegada la pensión por resolución de fecha 30 de Mayo de 2016. La comisión de evaluación (ICAM) diagnosticó que su enfermedad no interfería en su actividad laboral.

Estaban equivocados, lo cierto es que nuestro cliente no era capaz de realizar su trabajo de pintor, ni tampoco ningún otro debido a su grave enfermedad psiquiátrica.

La denegación fue un trámite complicado, porque los informes aportados diagnosticaban la evidencia de la grave enfermedad que padece.

Nos pusimos manos a la obra y decidimos presentar la correspondiente reclamación previa frente al INSS. La resolución era manifiestamente injusta.

La Seguridad Social tras estudiar nuestro recurso decidió desestimarlo de nuevo. El motivo de denegación fue que no se aportaban pruebas médicas que desvirtuaran la valoración del ICAM.

Demanda judicial de incapacidad
Presentamos la demanda de incapacidad permanente que conoció el Juzgado de lo Social nº 29 de Barcelona.
Solución: Sentencia favorable.

En este caso el Magistrado nos dio la razón. El razonamiento de la sentencia se basa en los diagnósticos aportados mediante informes psiquiátricos públicos que ponen de manifiesto la gravedad y cronicidad del cuadro depresivo del cliente.

En la sentencia se argumenta lo siguiente:
“Los informes y las continuas asistencia e ingresos en urgencias de psiquiatría del Parc Taulí reflejan las continuas reagudizaciones y recaídas en la patología psiquiátrica del actor, que precisa atención hospitalaria continuada desde el año 2014.

En esta situación, y en la actualidad las posibilidades terapéuticas están agotadas, las patologías están consolidadas, e interfieren en la posibilidad real de desempeñar una actividad laboral habitual.”

Actualmente nuestro cliente está cobrando una pensión por incapacidad permanente absoluta por Trastorno depresivo mayor grave.

Puedes ver la sentencia completa en: https://blog.campmanyabogados.com/sentencia-declara-incapacidad-absoluta-por-depresion-mayor-grave

Fuente: Campmany Abogados

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