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Sanidad acepta el uso del QR únicamente para remitir la ficha técnica en la publicidad de medicamentos dirigida a profesionales sanitarios

La Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia (Ministerio de Sanidad) emitió la semana pasada una nota informativa por la cual establece que está permitido el uso de códigos QR para remitir a la ficha técnica de los medicamentos en los materiales promocionales dirigidos a profesionales sanitarios.

La publicidad de medicamentos de uso humano por parte de profesionales sanitarios está regulada en el Real Decreto 1416/1994, de 25 de junio. En su artículo 10, se establece el contenido mínimo que debe incluirse en toda documentación publicitaria relativa a un medicamento que se difunda en el marco de su promoción:

  • Las informaciones esenciales del producto según los datos contenidos en la ficha técnica (nombre del medicamento, composición cualitativa y cuantitativa, datos clínicos completos, incompatibilidades, instrucciones de uso/manipulación, nombre y dirección del titular de la autorización).
  • Régimen de prescripción y dispensación.
  • Las distintas presentaciones del producto y su dosificación o forma farmacéutica.
  • Precio de venta al público.
  • Condiciones de prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud y, cuando resulte posible, la estimación del coste del tratamiento.

En el momento de la publicación de la norma, el año 1994, no existían los códigos QR, por lo que todo el material documental publicitario entregado a los profesionales sanitarios debía figurar por escrito.

Hace unos meses, Autocontrol emitió una circular interna sobre la validez de sustituir el contenido de la ficha técnica del medicamento en los materiales promocionales dirigidos a los profesionales sanitarios por un código QR que permita el acceso al contenido de la ficha técnica por medios informáticos. A raíz de dicha circular, el Ministerio de Sanidad recibió numerosas consultas acerca de la citada posibilidad del uso de códigos QR en la elaboración de los materiales publicitarios de medicamentos de uso humano, que han quedado ratificadas y matizadas por la autoridad competente en el control de publicidad de medicamentos de uso humano.

En este sentido, la nota informativa considera que el uso de códigos QR supone ventajas como la de mostrar la información de manera más fácilmente accesible y legible, permite reducir el consumo innecesario de papel y además garantiza que siempre se accede a la última información actualizada.

Sin embargo, la nota informativa matiza que hay información que deberá mantenerse de forma escrita en el material publicitario, como se ha venido haciendo hasta el momento. En particular, la nota informativa aclara que únicamente la ficha técnica podrá ofrecerse en formato QR. De este modo, la información sobre el régimen de prescripción y dispensación, las presentaciones del producto, la información acerca de la dosificación o la forma farmacéutica, el precio y las condiciones de la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud deberán seguir incorporándose en los materiales informativos de forma escrita.

Pedro Miguel Santos