En este caso, podrías solicitar una autorización de residencia en base a la Disposición Adicional 1ª en su apartado 4º del Reglamento de Extranjería. Ahí se regula la posibilidad de obtener una autorización de residencia o de residencia y trabajo en aquellos supuestos que no se encuentren contemplados en el actual Reglamento de extranjería, pero que son de especial relevancia siempre y cuando las circunstancias de naturaleza económica, social o laboral lo aconsejen.
La autorización de residencia concedida tendrá una vigencia de un año y podrías obtener una autorización de trabajo siempre y cuando se adjunte a la solicitud una propuesta de contrato de trabajo con la correspondiente documentación. En este supuesto deberíamos acreditar que tu padre necesita tus cuidados y estar acompañado como consecuencia de su enfermedad.
Equipo Jurídico Antonio Segura Abogados
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