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Hacer un testamento en ocasiones da tranquilidad, porque el testador piensa que lo tiene todo arreglado. Lo aconsejable es ir al notario o al abogado para que le asesoren sobre cómo hacer el testamento Notarial, que es muy barato y tiene todas las garantías.

En estos tiempos de estado de alarma los Notarios trabajan, pero solo para casos de urgencia, por lo que si alguien tiene la necesidad de hacer un testamento en su casa y no puede acudir al notario puede otorgar un testamento ológrafo, es decir un testamento a mano que tiene que cumplir una serie de requisitos para que sea válido.

  1. Debe ser escrito a mano por el propio testador, no sirve el dictado a otra persona y escrito por ésta.
  2. El testador debe ser mayor de edad.
  3. Debe contener la fecha en la que se ha escrito expresando el día, mes y año.
  4. Debe estar firmado por el testador al final del documento.
  5. En caso de que haya tachaduras porque se haya equivocado en algo esa tachadura debe salvarse firmando al lado de la tachadura (además de la firma del final del testamento).

Si el testamento se hace en Cataluña deberá nombrarse heredero o herederos, ya que si no lo contiene no se consideraría testamento.

En el testamento se puede designar heredero de sus bienes o hacer legados a los seres queridos, pero también se puede reconocer a hijos en el caso de que no hayan sido reconocidos con anterioridad o cualquier otra disposición que pueda tener efectos jurídicos tras la muerte del testador.

Ese testamento manuscrito sólo tendrá validez tras la muerte del testador y una vez sea presentado ante Notario para su adveración y Protocolización. Hay un plazo de 5 años desde la muerte del testador para su presentación ante Notario. Pasado ese tiempo ya no tendrá validez, aunque cumpla todos los requisitos legales.

Fuente: Abogados Miguel & Escrig

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