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Existe la posibilidad de iniciar un procedimiento de incapacidad permanente en situaciones en que, una enfermedad o su tratamiento, no permite que se trabaje con normalidad.

En ese caso, puedes recibir una prestación por parte de la Seguridad Social, pero no es sencillo conseguirla.

En nuestro bufete, nos encontramos con casos muy similares, con una resolución muy diferente.

Un abogado especialista en Derecho Laboral sabe cómo actuar en estos procesos y su asesoramiento es determinante para conseguir un resultado favorable a tu situación.

Tienes este artículo que, seguro, te ayuda si te encuentras en esta situación.

Autor: CARMEN VICTORIA PÉREZ MONTERO Letrada del Colegio Oficial de Abogados de Madrid

¿En qué consiste un proceso de incapacidad permanente?

Qué vas a poder leer aquí:

Cuando una persona no puede realizar una actividad laboral, ya sea la suya, la que realiza habitualmente, o cualquier otra, puede solicitar la incapacidad laboral.

En ese momento se inicia un proceso de solicitud que puede terminar con una sentencia favorable, o con una denegación de su solicitud.

Es lo que llamamos proceso de incapacidad laboral, todos los trámites que tienes que realizar para que te sea concedida una prestación por no poder trabajar.

En caso favorable, puedes recibir una retribución económica de manera temporal, o ya durante toda tu vida.

Son procedimientos que se arrancan de oficio, a instancias de la Seguridad Social, o cuando el propio interesado lo comienza.

Procedimiento de oficio

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) debe, por ley, abrir un expediente de incapacidad total cuando una baja temporal exceda de 18 meses.

Independientemente que la persona lo decida o no, el organismo está obligado a hacerlo, valorarlo y resolverlo.

Es una decisión que puede tardar 3 meses en llegar, pero llega, aquí el silencio administrativo no se contempla.

¿Cómo actuar ante un proceso de incapacidad permanente?

En caso de que seas tú quien tome la iniciativa y no el INSS, como en el caso de actuar de oficio, te contamos cómo empezar.

01.-Requisitos para solicitarlo

Cualquier persona que no pueda ejercer su actividad laboral tiene derecho a solicitar una prestación de la Seguridad Social, pero debe tener en cuenta dos cuestiones.

La primera, y muy importante, es que, de no haber cotizado nunca, no es posible, siquiera, iniciar el procedimiento, en ese caso estás ante una pensión no contributiva. y no una por incapacidad laboral.

La segunda, y también imprescindible, es que debes estar dado de alta en la Seguridad Social, ya sea en modo de alta laboral o en asimilada de alta.

Asimilada de alta

Cuando una persona se encuentra en situación de asimilada de alta, no ejerce su actividad laboral con normalidad, pero tampoco está en situación de baja.

Son casos como estar desempleado, en una excedencia, o de un trabajador temporal en la época en la que no trabaja, entre otras.

Situaciones en las que no se está trabajando, pero tampoco dado de baja, y en ellos se pueden recibir ciertas prestaciones.

Cumples con los requisitos para iniciar el procedimiento.

02. Inicio del procedimiento por vía administrativa

El primer paso es acudir a la vía administrativa, de manera presencial u online.

Tienes que rellenar, y presentar el formulario para la solicitud e incluir los informes médicos que dispongas, y que apoyen la razón de tu petición.

Cuando lo has entregado, toda esa información pasa a un Tribunal Médico que estudia tu caso.

En un plazo máximo de 135 días, debes recibir comunicación de que ha sido aceptada y se te es concedida la pensión por incapacidad.

Si, pasado ese tiempo, recibes una negativa, o no recibes nada, (considera el silencio administrativo como un “no”), tienes la opción de reclamar.

Ten en cuenta que puedes reclamar, pero siempre cuando se haya agotado el plazo de 135 días que tiene la Administración, y, a partir de ese momento, tú tienes solamente 30 para hacerlo.

Algo importante que debes saber es que no solo puedes reclamar en caso de que no consigas la pensión, sino también cuando no se te conceda el grado que solicitas, por ejemplo, si consideras que necesitas la total y te dan la parcial.

03. Inicio del procedimiento por vía judicial

La mayoría de los casos agotan todos los pasos que te hemos contado, es decir, no hay contestación y se realiza una reclamación que tampoco tiene resultados, es cuando se acude a la vía judicial.

Es el momento de poner una demanda, y necesitas acompañamiento legal para hacerlo, todos los trámites a partir de ahora debe llevarlos un abogado laboralista.

Grados de incapacidad laboral

En estos procedimientos, se puede solicitar una incapacidad de diferente grado, según la imposibilidad que tengas para realizar un trabajo, o ninguno.

01.-Incapacidad Permanente Parcial

Este grado de invalidez no necesitas abandonar el puesto de trabajo, solo implica que no lo puedes realizar al 100% como lo hace cualquier otro compañero.

Te adaptas, sin problema porque las limitaciones no son relevantes para cumplir con sus funciones.

El caso de una persona,por ejemplo, con una inmovilidad en varios dedos y que trabaja de administrativa, no realiza el trabajo como lo puede hacer otra persona, pero puede hacerlo.

En una incapacidad revisable por el INSS, cada 2 años, en ellas se puede mantener, rebajar, aumentar y hasta retirar, si lo considera.

Ten la seguridad de que se va a revisar, pero si es obtenida por vía judicial, la posibilidad de que se haga disminuye.

02.-Incapacidad Permanente Total

En este caso, no puedes realizar las tareas que se requieren en tu profesión y trabajo actual, pero, sin problema, realizar otras en otro sector, donde las limitaciones que tienes no influyen en tu rendimiento.

Un trabajador de la hostelería, que se lesiona una rodilla, pero puede trabajar, perfectamente, en otro sector con menos exigencia física.

03.-Incapacidad Absoluta

Por tu situación, no puedes realizar ningún tipo de actividad laboral, ni en tu sector actual, ni en otro.

04.-Gran invalidez

Es el mayor grado de invalidez, traspasa los límites de lo laboral.

En este caso, no puedes trabajar de ningún modo, y, además necesitas de ayuda para cualquier tarea diaria, como comer, asearte o vestirte.

Patologías que pueden dar lugar a un proceso

Cualquier tipo de patología, o enfermedad crónica, que ya haya agotado toda posibilidad de mejoría, puede alegarse como motivo de una incapacidad.

Pueden ser tanto físicas como psicológicas, siempre y cuando las consecuencias de sufrirla impidan la actividad laboral

Generalmente, las más habituales son la fibromialgia, y el trastorno depresivo o ansiosodepresivo crónico.

Muchos sectores laborales sufren de lesiones de columna, hombro o articulaciones inferiores, consecuencias de trabajo excesivamente físico, o rutinario, y, a la larga, provocan lesiones dolorosas y permanentes.

Efectos secundarios motivo de incapacidad

Hay enfermedades que necesitan tratamientos de unos efectos secundarios tan agresivos, que no permiten, a la persona que se ve obligada a tomarlos, realizar ninguna actividad laboral, o, por lo menos, no con normalidad.

Sufrir de estos efectos es un motivo aceptado para solicitar la incapacidad laboral.

Informes periciales

Una misma patología puede conseguir un grado u otro de incapacidad, e incluso, no conseguirla.

Los criterios en los que se apoya la resolución final es una decisión del magistrado, no hay razón médica, no se basa en parámetros médicos de referencia.

Patologías como la fibromialgia, que lleva a conceder la incapacidad total y hasta absoluta, a veces, se desestima.

Para llegar a una resolución favorable, lo mejor es aportar toda la documentación que puedas, y un informe pericial médico es una de ellas.

Es una ayuda para el magistrado, con la que evaluar, a través de un profesional médico, cómo te afecta la situación, y tomar su decisión.

Se trata de un informe que detalla, justifica y apoya tus argumentos para solicitar una pensión por incapacidad laboral, con las patologías y causas por las que no puedes realizar la actividad, y su grado de gravedad.

Aportar un uniforme de ese tipo, firmado por un perito judicial es, junto a contar con un abogado a tu lado, algo esencial para un proceso favorable.

Conseguir una pensión de incapacidad no es un proceso sencillo, ni corto, y durante el camino vas a encontrarte con dificultades que lo ralentizan todavía más.

Se trata de cumplir, y demostrar, condiciones, plazos, y esperas de resolución que pueden no llegar, y, durante este tiempo, realizar tu trabajo, puede ser muy complicado.

En vía judicial, sin un abogado especialista en Derecho Laboral que presente la demanda, y te asesore, no es posible.

Cada resolución a la que se llega es diferente en cada situación, en Vilches Abogados resolvemos todas tus dudas, y te ayudamos a conseguir una pensión cuando no puedes trabajar.